El Consejo de Administración en el que están representados el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, la Generalitat Valenciana, los Ayuntamientos de Valencia y Sagunto, Cámara de Comercio, Industria y Navegación, organizaciones empresariales y sindicales y sectores económicos relevantes en el ámbito portuario.
De conformidad con lo previsto en el artículo 17 del Reglamento de Gestión y Funcionamiento del Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Valencia, los miembros de dicho órgano de gobierno -incluido su Secretario/a y con excepción de la Presidencia y de la Dirección General-, percibirán las indemnizaciones previstas por asistencia personal o por representación a las sesiones del órgano colegiado, sin perjuicio de las limitaciones derivadas de la normativa sobre incompatibilidades y salvo renuncia personal a las mismas.
El importe bruto a percibir por cada consejero y por sesión, fue establecido por acuerdo del Consejo de Administración de fecha 18 de febrero de 2010, fijándose en OCHOCIENTOS EUROS (800 €). Dicho importe se ajustará, en todo caso, a las directrices y límites cuantitativos previstos en la normativa aplicable. A la cantidad establecida como dieta, se le aplicará la retención correspondiente del IRPF que proceda reglamentariamente.
Los Consejos de Navegación y Puerto de los Puertos de Valencia, Sagunto y Gandía son órganos colegiados de asistencia e información de la Capitanía Marítima y del Presidente de la Autoridad Portuaria de Valencia creados según lo dispuesto en el artículo 34 del TRLPEMM (anterior artículo 44 de la Ley 27/1992 de 24 de noviembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante).
Este portal web únicamente utiliza cookies propias con finalidad técnica, no recaba ni cede datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento. Sin embargo, contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que usted podrá decidir si acepta o no cuando acceda a ellos.