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Denominación | Documento |
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Encomiendas de gestión y encargos | ODS |
Expediente |
Detalles |
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EMP 03/2019 |
INECO declaró que dentro del desarrollo del encargo había subcontratado un estudio a un especialista por importe de 6.920€, lo que supone un 0,8% del importe del encargo, cumpliendo con la restricción indicada en el artículo 32.7.b) de la LCSP, de que el importe de las prestaciones parciales que el medio propio puede contratar con terceros no excederá del 50% de la cuantía del encargo |
EC23-C08-99907, |
SUBCONTRATACIÓN De acuerdo con lo previsto en el artículo 32.7.b) de la LCSP el importe de las prestaciones parciales que SEGIPSA puede contratar con terceros no excederá del 50% de la cuantía del encargo.Subcontratación:- Adjudicatario: AGRUPACIÓN TÉCNICA DEL VALOR, S.A., A-87467361 -- Cuantía: 2.100 € (+IVA), un 28,66% del total.- Objeto: Asistencia técnica para la valoración de bienes inmuebles consistente en la realización del trabajo de campo y reconocimientos necesarios, examen de la documentación significativa, estudio del mercado correspondiente y emisión de propuesta de informe. |
EC23-C08-99908 |
SUBCONTRATACIÓN De acuerdo con lo previsto en el artículo 32.7.b) de la LCSP el importe de las prestaciones parciales que TRAGSA puede contratar con terceros no excederá del 50% de la cuantía del encargo. Subcontrataciones: |